Verifican a centros de tratamiento de adicciones
22 de Mayo de 2021
La Secretaría de Salud y Bienestar Social, a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coespris), verifica que los centros de rehabilitación de personas con adicciones y problemas mentales cumplan con la normativa para su funcionamiento, principalmente que otorguen atención médica y hagan saneamiento básico en sus instalaciones.
Para su operación, deben de contar básicamente con el aviso de funcionamiento y tener un responsable sanitario del establecimiento.
Personal de la Coespris explica que en el caso de estos establecimientos se aplica la Ley Estatal para la Prevención, Control y Tratamiento de las Adicciones y las normas oficiales mexicanas 004 (expediente clínico), 005 (requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento) y 008 (tratamiento de las adicciones).
La verificación ha continuado, a pesar de la pandemia por Covid-19, efectuándose 392 visitas y 30 suspensiones de trabajo y de servicios en los últimos cinco años. Tan solo en 2020 se efectuaron 65 verificaciones y 6 medidas de seguridad y actualmente suman 43 visitas y 5 suspensiones.
La autoridad sanitaria informa que en el estado operan 63 establecimientos de este tipo: 2 en Armería, 27 en Colima, 2 en Comala, 2 en Coquimatlán, 2 en Cuauhtémoc, uno en Ixtlahuacán, 10 en Manzanillo, uno en Minatitlán, 8 en Tecomán y 8 en Villa de Álvarez.
Las irregularidades más comunes en estos establecimientos son que no tienen el aviso de funcionamiento ni el responsable sanitario -lo que amerita aplicar una medida de seguridad-, además que el tratamiento que otorgan no está registrado en la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), no tienen programa de trabajo ni espacios delimitados, entre otras.
Finalmente, Coespris señala que estos establecimientos tienen que informar a la Secretaría de Salud sobre el ingreso voluntario de una persona a los mismos o dar aviso a la Agencia de Ministerio Público cuando es involuntario, lo cual se verifica también.
Para su operación, deben de contar básicamente con el aviso de funcionamiento y tener un responsable sanitario del establecimiento.
Personal de la Coespris explica que en el caso de estos establecimientos se aplica la Ley Estatal para la Prevención, Control y Tratamiento de las Adicciones y las normas oficiales mexicanas 004 (expediente clínico), 005 (requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento) y 008 (tratamiento de las adicciones).
La verificación ha continuado, a pesar de la pandemia por Covid-19, efectuándose 392 visitas y 30 suspensiones de trabajo y de servicios en los últimos cinco años. Tan solo en 2020 se efectuaron 65 verificaciones y 6 medidas de seguridad y actualmente suman 43 visitas y 5 suspensiones.
La autoridad sanitaria informa que en el estado operan 63 establecimientos de este tipo: 2 en Armería, 27 en Colima, 2 en Comala, 2 en Coquimatlán, 2 en Cuauhtémoc, uno en Ixtlahuacán, 10 en Manzanillo, uno en Minatitlán, 8 en Tecomán y 8 en Villa de Álvarez.
Las irregularidades más comunes en estos establecimientos son que no tienen el aviso de funcionamiento ni el responsable sanitario -lo que amerita aplicar una medida de seguridad-, además que el tratamiento que otorgan no está registrado en la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), no tienen programa de trabajo ni espacios delimitados, entre otras.
Finalmente, Coespris señala que estos establecimientos tienen que informar a la Secretaría de Salud sobre el ingreso voluntario de una persona a los mismos o dar aviso a la Agencia de Ministerio Público cuando es involuntario, lo cual se verifica también.